Cuando algo no nos guste, nos incomode o nos resulte extraño o nos de miedo, debemos hablarlo con alguna persona en quién confiemos, y si esto pasa en nuestro hogar que esa persona sea tu MAESTRO, PROFESOR, MEDICO, PADRE de un amigo, etc. Y poder pedir AYUDA, que no te de MIEDO O VERGÜENZA.
• 1 de cada 4 niñas son abusadas sexualmente antes de los 16 años.
• 1 de cada 8 niños son abusados sexualmente antes de los 16 años.
• Más del 90 %, el abusador es masculino.
• Más del 80%, la persona es conocida por el niño (Padres, abuelos, tìos, padrastros).
Muchas veces los niños/niñas, jóvenes desean CONTARLO pero no lo hacer por miedo a que no se les crea o se los castiguen y otros porque son amenazados por esos adultos.
Las madres, en un alto porcentaje son ENCUBRIDORAS de esta situación, en todas las escalas sociales.
El INCESTO es el Acto sexual entre familiares de sangre. En estos casos, el AGRESOR, generalmente es un miembro familiar o muy allegado, si el niño se resiste, el adulto utiliza amenazas o fuerza física (lo envuelve en mentiras o amenazas).
El contacto sexual se da en forma progresiva y puede durar años, lo obliga al menor a guardar el secreto mediante amenazas y golpes (ESTO QUEDA ENTRE NOSOTROS, NADIE TE VA A CREER, DESTRIURÀS LA FAMILIA, ETC.).- Finalmente en forma accidental el hecho toma estado público, lo cual pone en crisis al grupo familiar (EMBARAZO, LESIONES EN GENITALES, OTRAS).
Muchas veces la familia intenta negar el hecho modificando la versión y la PROPIA VICTIMA (El menor), presionada por sus familiares, puede cambiar los dichos iniciales.
RECORDAMOS AQUÍ QUE ES EL ADULTO (madre, padre, abuelos, maestros, médicos, psicólogos, enfermeros, etc. y toda persona que tome conocimiento de la situación EL RESPONSABLE DE VELAR POR LA INTEGRIDAD FISICA, PSIQUICA Y SEXUAL DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE, Y DEBERÀ BUSCAR LOS MEDIOS PARA RESOLVER ADECUADAMENTE LAS NECESIDADES E INTERESES QUE SE PRESENTEN EN LAS DISTINTAS ETAPAS DE SU CRECIMIENTO.
Si en la familia se reconocieran situaciones de maltrato le cabe la responsabilidad de buscar ayuda especializada, en beneficio del menor, de lo contrario será COMPLICE de la situación (Const. Nac. art. 22, Const. de la Provincia art. 12 y 36, Ley 23.849, Convención Internacional de los Derechos del Niño y Adolescente.
INSTITUCIONES A LAS QUE PUEDE CONCURRIR ANTE UN CASO DE MALTRATO Y / O ABUSO SEXUAL
• Se debe efectuar la denuncia ante la COMISARIA MAS CERCANA a su domicilio, en caso de no tomarle la denuncia por cualquier motivo concurrir al TRIBUNAL DE MENORES y denunciar los dos hechos, el de Maltrato Infanto-Juvenil y el de negación de la POLICIA de no tomar la denuncia del caso.
• UNIDADES SANITARIAS (Pediatras, psicólogas, ginecólogas).
• HOSPITALES (Especialmente servicios de psicología).
• ASESORIAS DE MENORES E INCAPACES
• JUZGADO PENAL
• ASISTENCIA A LA VICTIMA
• FISCALIA DE CAMARA
• O.N.G. que traten el tema (CENTRO DE AMPARO CITY BELL)